lunes, 25 de agosto de 2014

La extinción y los exilios

En el contexto de la consolidación del Estado Moderno, uno de cuyos postulados era la uniformidad de las creencias, se firmó, el 31 de marzo de 1492, el Edicto de Expulsión, con que se ponía fin a la presencia del judaísmo actual España. Oficialmente (que no realmente) se les imputaban los delitos de poselitismo y el ejercicio de la usura desmedida.

Disponían de tres meses para partir o bautizarse. Para asegurar el cobro de los acreedores se colocaron guardas en las juderías y se inmovilizaron e inventariaron sus patrimonios. Los acreedores se dividieron en dos grupos: individuales y colectivos (el municipio, la iglesia, los suscriptores de censales). Estos últimos habían de ser satisfechos con inmuebles y créditos exigibles, mientras que los primeros debían contentarse con los bienes restantes.

El rey exigió un tratamiento prioritario. Se obligó a los judíos a la redención de los impuestos ordinarios (pecha, cena de ausencia y presencia, lezda y caballerías) y extraordinarios (maravedí, maridaje, coronaje y usura), a razón de un 4-5% de interés. su redención se lograba a través del embargo de los créditos de las familias más acaudaladas, metales preciosos y viviendas. Los poderes públicos lucharon para que las juderías, que pasaron en su inmensa mayoría a manos de los concejos, cobraran nuevo dinamismo mediante incentivos fiscales, traslados forzosos o reformas urbanísticas.

Los itinerarios seguidos por los expulsos (custodiados por Martín de Gurrea) los condujeron a Navarra y a los puertos mediterráneos. Los judíos de Huesca, Jaca, Ejea, Monzón, Biel y Tamarite salieron por Tarragona; los de Zaragoza, Fuentes, Calatayud, Almonacid, Arándiga, Quinto, Illueca y Alagón por tortosa, y los de Ariza, Epila, Daroca, Albarración, Huesa, Belchite y Teruel por Sagunto.

Dos fueron los destinos definitivos. Uno transitorio, en le reino navarro; y otro, llamado a ser permanente, en torno a las riberas bañadas por el Mediterráneo: Marsella, Italia (Nápoles, Génova, Ferrara, Roma); y el Magreb (Tripoli, Tunis, Bugía) y Palestina.

Fernando II instruyó medidas para fomentar las conversiones: religiosas (proselitismo doctrinal), coercitivas (reclusión de rabinos, decomisación de libros litúrgicos, incomunicación), socio-familiares, jurídicas (estatus) y económicas (devolución de los bienes). De los 8.000-9.000 judíos aragoneses, emigraron 5.000 y 6.000 de los cuales retornó un porcentaje indeterminado en el periodo comprendido entre 1492 y 1499.

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